En el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional creemos que la participación ciudadana es una herramienta que no es explotada como es debido, indicó el legislador Armando Gutiérrez.
Es por ello, que propone establecer un comité de Contraloría Social para que participe como observador en todas las etapas relativas a la determinación del alcance de una obra, las cuales son desde la presupuestación, licitación, contratación de la obra, ejecución y la entrega final de la obra.
Así como también, establecer la obligación de incluir a un integrante del Colegio de Arquitectos y a un integrante del Colegio de Ingenieros en la constitución de dicha Contraloría social, asegurando que no solo un ciudadano, sino un profesionista, que cumple con los principios y valores de un Colegio de profesionistas integre y opine sobre las obras públicas en favor del municipio donde reside.
El legislador Armando Gutiérrez señaló que “hay todo un campo de oportunidades para que el Comité de Contraloría Social sea utilizada en su máxima expresión, pero las autoridades la limitan a utilizarla cuando está expresamente establecida, utilizándose cuando es una obligación, no una decisión”.
Por ello, es necesario que las dependencias y entidades, tanto del Estado como de los municipios que proyecten ejecutar obras públicas, previo a su realización, promoverán la integración de un comité de Contraloría Social constituido por ciudadanos vecinos del lugar donde se realicen las obras, el cual participará como observador en todas las etapas.
De igual forma, la contraloría, en el ámbito de su competencia, expedirá las disposiciones generales que regulen lo relativo a la integración y funcionamiento de los comités de contraloría social, asegurando que en estos comités se encuentre un integrante del colegio de Ingenieros y un integrante del Colegio de Arquitectos de cada Municipio debidamente registrados ante la Secretaría de Educación Pública del Estado de Sonora.
En aquellos donde no existan Colegio de Arquitectos y/o Colegio de Ingenieros, los Municipios deberán recurrir a sus respectivas federaciones estatales donde sea asignado un profesionista local para dar cumplimiento a esta disposición.